Crimen de Estado: La pena de muerte en Estados Unidos

3098

El tener a un feligrés en el corredor de la muerte me ha hecho plantearme dos preguntas: 1. ¿Por qué los Estados Unidos mantienen la pena de muerte, mientras que otros países la están aboliendo? 2. ¿Es la pena de muerte inmoral en sí misma? Y, de serlo, ¿por qué tantos católicos están a favor de ella?

En los Estados Unidos, hay conexiones desde la esclavitud hasta la actualidad. La guerra civil fue librada por los Estados del Sur para mantener la esclavitud, que fue abolida en 1865; pero fue necesaria otra enmienda (1868) para garantizar la ciudadanía a los esclavos liberados, otra más (1871) para garantizarles el derecho de voto, y los derechos civiles no se alcanzaron hasta los años sesenta de este siglo, bajo el liderazgo de Martin Luther King. Entre la guerra civil y el movimiento por los derechos civiles, fueron linchados unos 5.000 negros. Entre 1930 y 1972, 1.712 blancos y 2.035 negros fueron ejecutados por asesinato o violación, en un tiempo en que los negros constituían el 9-11% de la población. En 1972, el Tribunal Supremo de los eEstados Unidos abolió la pena de muerte, pero la reinstauró en 1976, ante la presión de los Estados sureños. Desde 1977 hasta 1995, Texas ha estado a la cabeza de todos los demás Estados en ejecuciones (104), seguido por Florida (36), Virginia (29), Luisiana (22), Georgia (20) y Missouri (17), todos ellos Estados sureños. Sólo en 1997, Texas ejecutó a 37 personas, un número que iguala el total combinado de todos los demás Estados con pena de muerte(1).

La pena de muerte representa la punta del iceberg de un sistema de justicia gravemente defectuoso en una cultura racista. Hoy en día, los Estados Unidos encierran a más ciudadanos propios que la mayoría de las naciones de la tierra. Desde 1980, la población reclusa estadounidense se ha más que triplicado, pasando de 500.000 a 1,7 millones, debido en gran medida al abuso y adicción a las drogas y el alcohol; los negros constituyen más del 42% de la población reclusa(2).

El factor racial

En 1995, de los 3.054 presos que estaban en el corredor de la muerte, el 43% eran negros o pertenecían a una minoría étnica. En 1997, la Asociación Americana de Colegios de Abogados solicitó una suspensión del uso de la pena de muerte, calificándola de «laberinto fortuito de prácticas injustas» (3). Una comisión internacional de juristas (1996) llegó a la conclusión de que: a) los prejuicios raciales influyen en la imposición de la pena de muerte, y b) los jueces elegidos carecen de la independencia necesaria para proteger los derechos constitucionales y humanos en casos de delitos capitales. La General Accounting Office de los Estados Unidos (1990) llegó a la conclusión de que «la raza de la víctima influía necesariamente en la probabilidad de ser acusado de asesinato en primer grado… hecho que se muestra notablemente coherente aunque varíen los conjuntos de datos, los métodos de recopilación de éstos y las técnicas de análisis».

Pobreza

Mientras que los ricos pagan su salida del sistema, los pobres dependen de abogados de oficio con poca experiencia en casos de delitos capitales. Al menos en tres casos vistos en Texas, los abogados se durmieron durante juicios por delito capital, pero los tribunales decidieron que esto no violaba el derecho constitucional a la asistencia legal, porque «la constitución no dice que el abogado tenga que estar despierto», una decisión que fue refrendada por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Hace treinta y cinco años, 27 procuradores generales apoyaron ante el Tribunal Supremo una instancia a favor de que los pobres tuvieran derecho a un abogado. El año pasado, la Asociación Nacional de Procuradores Generales culminó con éxito una campaña para eliminar tal provisión de fondos. Es más importante seguir con las ejecuciones, que garantizar que se haga justicia(4).

Arbitrio de los fiscales

En los Estados Unidos, a un fiscal no se le exige que busque la pena de muerte en ningún caso en absoluto. El condado de Harris, donde se encuentra Houston, cuenta con un número de sentencias de pena de muerte mayor que ningún otro Estado, salvo el mismo Texas, con 134 inquilinos en el corredor de la muerte debidos a su fiscal. Se sabe que, a la hora de formar los jurados, fiscales concretos han utilizado la mayoría de sus recusaciones contra miembros negros del jurado, asegurando así que los negros fueran juzgados y condenados por fiscales y jurados blancos.

Arbitrariedad

De los 20.000 homicidios juzgados anualmente en los Estados Unidos, la pena de muerte se impone en una media de 250, uno de cada 80.

Inocencia

Un estudio de 1987 publicado por la Stanford Law Review descubrió que al menos 350 personas habían sido erróneamente declaradas culpables de crímenes potencialmente capitales entre 1900 y1985. De esas personas inocentes, 130 fueron condenadas a muerte, y 23 fueron ejecutadas. Desde 1973, 75 personas condenadas a muerte han sido puestas en libertad tras haberse probado su inocencia. Han estado una media de siete años en el corredor de la muerte. El Tribunal Supremo detuvo en 1972 las ejecuciones aduciendo entre otras razones el riesgo de ejecutar a inocentes, pero en el caso de Herrera contra Collins (1993) ese mismo tribunal falló que la inocencia no hace al caso si no ha quedado determinada en el primer juicio.

Retraso mental

Desde 1976, se ha ejecutado al menos a 27 acusados retrasados mentales. En el caso de Penry contra Lynaugh (1989) el Tribunal Supremo falló que la octava enmienda no prohíbe la ejecución de retrasados mentales. Casualmente, 27 Estados , entre ellos Texas, permiten tales ejecuciones, y aproximadamente entre un 12% y un 20% de los presos del corredor de la muerte pertenecen a esta categoría.

Enfermedad mental

En el caso de Ford contra Wainwright (1986), el Tribunal Supremo falló que la octava enmienda prohíbe la ejecución de los dementes, pero que, si se les puede sanar mediante tratamiento médico, nada hay que objetar a que se les mate. El término «demente» se ha definido tan restrictivamente, que los 38 Estados que tienen la pena de muerte ejecutan de forma habitual a personas con graves enfermedades mentales.

Niños

Los Estados Unidos son uno de los cinco únicos países del mundo (los otros son Arabia Saudí, Irán, Iraq y Yemen) que desde 1990 han ejecutado a presos que tenían menos de 18 años en el momento del crímen. Están a la cabeza del mundo en la ejecución de niños(5). En el caso de Thompson contra Oklahoma (1988), el Tribunal Supremo falló que se puede ejecutar a muchachos de 16 años. Hay aquí, en los Estados Unidos, un muchacho de 13 años que ha sido sentenciado a cadena perpétua sin libertad condicional por un crímen capital. En Texas, Johnny Frank Garret tenía 17 años cuando fue declarado culpable y condenado a muerte. En el corredor de la muerte se le diagnosticó paranoia esquizofrénica, tenía alucinaciones auditivas y visuales, y de niño había sufrido reiteradamente abusos sexuales. Fue ejecutado en Huntsville (Texas) en 1992.

Falta de una judicatura independiente

Los políticos utilizan, con buenos resultados, el eslogan «duro con el crímen». Los gobernadores de California y Tennessee han abogado por apartar de su cargo a jueces considerados «blandos con el crímen», y tanto los actuales como los pasados inquilinos de la Casa Blanca han utilizado con buenos resultados la pena de muerte durante sus campañas electorales.

Existe el problema adicional de la tortura. En los Estados Unidos, la horca, la inyección letal, la electrocución y la cámara de gas son legales. Sobre la cuestión de la crueldad y la pena de muerte, con una opinión mordazmente disidente, el presidente del Tribunal Supremo Brennan incluyó una gráfica descripción de la electrocución. Basándose en documentos, escribió:
«la fuerza de la corriente eléctrica es tan grande, que los globos oculares del preso a veces se salen de sus órbitas, el preso a menudo defeca, se orina, vomita sangre y babea… a veces el preso empieza a arder…»

En 1990, cuando Florida mató a Jesse Tapero, de la cabeza de éste salieron llamas. Relatos acerca del olor a carne quemada, de un hombre que se suelta en la cámara de gas durante su ejecución, demuestran que la pena de muerte no es sólo una tortura, sino que su inevitabilidad es, para el inquilino del corredor de la muerte, una pesadilla recurrente, una constante tortura mental y psicológica, hecho señalado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Notas
1 Statistical Abstract of the United States 1997, nº 363.
2 Joseph A. Califano, hijo, «A Punishment-only Prison Policy», America vol. 178, nº5.
3 Stephen B. Bright, «Capital Punisment on the 25th anniversary of Furman v. Georgia», 26 de junio de 1997.
4 Stephen B. Bright, National Public Radio Broadcast, junio de 1998.
5 Prof. Weidner, conferencia dictada en la Universidad de St. Mary, San Antonio, 1995.