¿Trabajadoras o siervas?

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“Trabajar de lunes a domingo y de sol a sol es esclavitud». De 700.000 hogares con servicio, menos de 300.000 cotizan. Si se ponen enfermas no tienen baja pagada hasta pasados 29 días.

Rosa trabaja de interna en una casa. De lunes a domingo cuida de un matrimonio de ancianos en un barrio del norte de Madrid. Limpia, hace la comida, va al mercado… Libra una tarde a la semana, pero esas horas tampoco descansa. Las dedica a hacer pequeñas tareas en una casa cercana. Necesita el dinero. Como empleada doméstica interna cobra menos de 600 euros al mes. No llega al salario mínimo interprofesional. Esta paraguaya de 45 años cotiza a la Seguridad Social a través del régimen especial de empleados del hogar. Según esta ley, no tiene prestación por desempleo. Y, si se pone enferma, no disfruta de una baja pagada hasta que lleve 29 días en cama; cuando las bajas retribuidas de los trabajadores del régimen general son a partir del tercero, y en los autónomos, del cuarto (aunque con el 60% del salario).

Un régimen anacrónico que les impide cotizar si trabajan menos de 72 horas al mes y que ni siquiera les garantiza un contrato de trabajo escrito que puedan blandir para hacer valer sus derechos en caso de conflicto con los empleadores. Es una regulación de 1985 que sitúa a las miles de empleadas domésticas que hay en España -en femenino, porque el 91,5% son mujeres- entre el trabajo y la servidumbre;

«Las empleadas de hogar se enfrentan a una discriminación clara«, critica Begoña San José. «Son una fuerza vital en la sociedad. Mueven un engranaje de cuidados sin el que las cosas no funcionarían. A pesar de eso, están en una situación de enorme desventaja. Mucho tiene que ver con esa discriminación que la casi totalidad sean mujeres. Si los chóferes domésticos están en el régimen general de trabajadores, ¿por qué las empleadas domésticas no? Eso debe cambiar», exige.

Más de 700.000 hogares españoles emplean a una trabajadora doméstica, según la Encuesta de Población Activa del INE. Sin embargo, solo 296.067 personas están afiliadas al régimen especial de empleo de hogar de la Seguridad Social. Un dato, en comparación, muy bajo -incluso a pesar de que hay empleadas que trabajan en varias casas-, que revela que muchas de estas personas ejercen al margen de legalidad. Y que, por tanto, carecen de derechos.

«No es solo que la legislación sea mala, sino que además se incumple sistemáticamente», apunta la economista Amaia Pérez Orozco. Muchas internas, como Rosa, solo tienen una tarde libre cada siete días. La ley fija que no pueden cobrar menos del salario mínimo interprofesional (641 euros al mes). Pero si esa cantidad se calcula anualmente, cobran menos, ya que tienen dos pagas extras anuales de 15 días, frente a las dos pagas de mes completo del resto de trabajadores.

A la situación de vulnerabilidad se añaden las dificultades provocadas por la crisis. Desigualdades más acusadas entre la población inmigrante, que supone el 60%. Un colectivo que ocupa la mayoría de los trabajos de interna, el sector donde la situación es peor. Una de cada tres empleadas de hogar internas inmigrantes no tiene papeles, según la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Vizcaya (ATH-ELE).

Otra de sus reclamaciones históricas: que lo que se denomina en la norma española «tiempo de presencia» -las horas que la empleada interna tiene que estar en el hogar, a disposición de la familia- se contabilicen como tiempo trabajado. No como ocurre en el régimen actual, que fija un tiempo de presencia de siete u ocho horas, independientes a la jornada laboral.

La organización a la que pertenece Otxoa, reclama de forma urgente que las empleadas del hogar se incluyan en el régimen general de trabajadores. «El empleo doméstico es un modo de vulneración de derechos. Y las cosas no mejorarán hasta que se las considere de igual forma que el resto de trabajadores», dice la asesora.

Equiparar sus derechos con los del resto de trabajadores fue una promesa electoral de Rodríguez Zapatero. Compromiso que aún no se ha materializado.

Si trabajan menos de 20 horas a la semana estas empleadas no tienen que estar afiliadas a la Seguridad Social. Y eso crea altas tasas de economía informal».

El punto de mayor discrepancia es la prestación por desempleo, dice Granado, secretario de Estado de la Seguridad Social, de la que carecen ahora estas empleadas.

¿Cómo vigilar la seguridad de las trabajadoras cuando la ley de prevención de riesgos laborales excluye a los hogares? Es más, hasta enero de este año la regulación no contemplaba la posibilidad de sufrir un accidente laboral o una enfermedad provocada por el trabajo. Cualquier accidente durante su jornada era considerado como común, con la consiguiente merma de derechos -por una enfermedad laboral se cobra el 100% del sueldo estando de baja-

Grace Gallego lleva tiempo esperando la equiparación de derechos. Esta pedagoga colombiana de 50 años lleva 10 en España. Llegó un sábado y el lunes ya tenía trabajo de interna. Era la época de expansión del sector, que coincidió con la llegada de la inmigración a España. Ahora las cosas son distintas. «La crisis no ha disminuido el trabajo, pero sí ha provocado que las condiciones laborales empeoren», explica la economista Pérez Orozco.

Hace tiempo que Gallego forma parte de Sedoac, una asociación de empleadas de hogar que lucha para que se las incluya en el régimen general. Trabaja de interna desde hace unos meses en casa de un matrimonio mayor. Atrás quedó el tiempo en que el dueño de una casa en la que trabajaba la acosó. Una situación que la dejó, dice, «de médicos». Ella está bien, pero cada día ve situaciones que la espantan. Mucha gente no cobra ni el salario mínimo y vive en unas condiciones lamentables». Y más lejos: algunas empleadas inmigrantes siguen pagando la cotización a pesar de haber perdido su empleo (o sin llegar al mínimo) para poder permanecer en situación regular en España.

«El empleo de hogar cubre situaciones diversas. En algunas, el Estado debería ser directamente responsable, por ejemplo, en el cuidado de ancianos o menores y en la conciliación», dice Orozco. «Trabajar de sol a sol por menos de 900 euros de lunes a domingo es una pasada», clama Isabel Otxoa «¿Esclavitud? Según los estándares, en la vieja Europa se puede considerar una situación de semiesclavitud, desde luego.

Hasta que el empleo doméstico no sea considerado un trabajo digno, una labor tan válida y útil como cualquier otra, las reformas no terminarán con la desigualdad.

Derechos y deberes

  • Contrato. La mayoría de los empleadores utilizan la fórmula verbal. En el régimen general de trabajadores es obligatorio que el contrato sea por escrito.
  • Jornada máxima. El régimen del empleo de hogar fija que la jornada diaria máxima es de nueve horas. Igual que el régimen general. Sin embargo, las empleadas internas pueden estar obligadas a permanecer en el domicilio «a disposición» de la familia empleadora durante otras siete u ocho horas más. Es el «tiempo de presencia».
  • Descanso semanal. Está previsto que libren 36 horas a la semana. Igual que en el régimen general. Sin embargo, para estas empleadas, estas horas pueden no ser continuadas.
  • Enfermedad. Las empleadas del hogar solo tienen bajas por enfermedad retribuidas a partir del día 29 de enfermedad. Los trabajadores del régimen general disfrutan de baja por enfermedad retribuida a partir del tercero. Los autónomos del cuarto.
  • Cotización. No se cotiza si trabaja menos de 72 horas al mes. La cotización es fija y por cuenta de la empleada si trabaja menos de 20 horas semanales para el mismo empleador.
  • Salario. Se fija el mínimo legal (641 euros).

* Extracto