La dignidad humana es una realidad «autoevidente»

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Al intentar aproximarnos al principio de la dignidad humana comprobamos que nunca podremos encontrar una definición neta, y completamente acabada, del mismo.

Como señala Spaemann, “lo que la palabra dignidad quiere decir es difícil de comprender conceptualmente, porque indica una cualidad indefinible y simple”.

Asimismo, si admitimos, como señalan las diversas Declaraciones (derechos humanos…), que la dignidad es una dimensión intrínseca del ser humano, y posee un carácter ontológico, más que algo demostrable, sería, en buena lógica, el presupuesto de toda argumentación.

Tendría, de este modo, un cierto carácter axiomático. Ello se advierte, precisamente, en las mismas raíces etimológicas del término dignidad. Las dignitates significaban, para los medievales, lo mismo que los axiomas para los griegos.

Se trataba de proposiciones evidentes en si mismas, principios de una demostración y, por consiguiente, indemostrables.

En palabras de Millán Puelles, “Axiomata, dignitates, son, en el orden lógico… las verdades objetivamente irreductibles, las que valen en sí, sin posibilidad de mediación” Esta idea también se encuentra ya presente en Tomás de Aquino. Este autor sostenía, en el Libro I de la Suma Teológica que “el término dignidad es algo absoluto y pertenece a la esencia”

Y, en otro fragmento de la misma obra, afirmaba que “es evidente por sí misma cualquier proposición cuyo predicado pertenece a la esencia del sujeto”(esto es, la naturaleza, en su sentido dinámico, como principio de operaciones propias). En consecuencia, si la dignidad es algo propio de la naturaleza, y es evidente por si misma cualquier proposición cuyo predicado pertenece a la misma, la dignidad del ser humano será, no sólo una realidad ontológica, sino también autoevidente.

Como señala D´Agostino, “es un hecho que en nuestro tiempo actúa una conciencia colectiva que percibe que la subjetividad humana no puede ser cosificada, porque ser sujetos lleva consigo una identidad que no admite equivalentes funcionales”. En realidad, la apelación a la dignidad humana remite a un presupuesto esencial, el valor que todo ser humano tiene en si mismo, con independencia de cualquier otro factor, lo cual le hace merecedor de un respeto incondicionado.

En este contexto, la dignidad de la persona remite a una cualidad exclusiva, indefinida y simple del ser humano, que designa su superioridad frente al resto de los seres, con independencia del modo de comportarse. Millán Puelles sostiene que “la dignidad que todo hombre tiene por el hecho de serlo constituye una determinación axiológica formal, independiente de los contenidos de la conducta”.

Extracto del trabajo de Ángela Aparisi Miralles «El principio de la dignidad humana como fundamento de un bioderecho global»