La Reforma Laboral de la que nadie habló

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La reforma laboral de 2010, al igual que otras anteriores, ha provocado la convocatoria de una huelga general por los sindicatos. Es lógico protestar contra la eliminación de derechos, pero hay algo que llama poderosamente la atención: el silencio producido cuando las limitaciones de derechos las han sufrido los trabajadores más vulnerables de nuestro país que son los inmigrantes.

El fenómeno de la explotación de los inmigrantes ha sido, cuantitativa y cualitativamente, el más destacado de las relaciones laborales de nuestro país en los últimos años. Su aportación al crecimiento económico español ha sido decisivo y, con el advenimiento de la crisis, se han dictado dos normas limitativas de sus derechos que han pasado inadvertidas al debate público.

Y es que los trabajadores inmigrantes en nuestro país, además del Estatuto de los Trabajadores, están bajo la espada de Damocles de la Ley de Extranjería. Y esta norma sufrió una reforma en diciembre de 2009 que atenta a los derechos humanos básicos y degrada de forma notable el estatus de los extranjeros –en su mayoría trabajadores- en nuestro país.Los inmigrantes han visto limitados derechos fundamentales como el de la educación, la presunción de inocencia, la vida familiar y la vivienda. Se endurece el derecho sancionador, se sanciona la hospitalidad, se amplían los plazos de internamiento, se persigue a los menores, se intensifica la dependencia del empresario, se facilitan las repatriaciones y se dificulta el acceso a los permisos aumentando las posibilidades de incurrir en la irregularidad sobrevenida.

No obstante, los trabajadores inmigrantes son una necesidad estructural para el mantenimiento de los llamados “nichos laborales”, abandonados progresivamente (aunque no completamente) por los trabajadores nacionales a causa de la flexibilidad, precariedad y desregulación que caracteriza el empleo en estas actividades. Los extranjeros trabajan principalmente en los servicios personales, agricultura, hostelería y construcción. Estas actividades, en las que se concentra una parte importante de la economía sumergida, demandan una escasa cualificación y una gran flexibilidad.

La utilización de mano de obra irregular absolutamente flexible ocasiona, además, menores costes a los empresarios (ausencia de cotizaciones a la Seguridad Social; inexistencia de reclamaciones por despido y las correspondientes indemnizaciones; imposibilidad de demostrar la existencia de la relación laboral en muchos casos).

El paro golpea de forma especial a los inmigrantes. La mitad de los desempleados extranjeros no accede a ningún tipo de prestación, y aquellos que lo hacen cobran euros menos que los nacionales. Son parados por partida doble. Aprovechando esta circunstancia, el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 4/2008, de 19 de septiembre que aprueba el abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen.

Los inmigrantes que se vean obligados a acogerse a esta medida verán limitadas sus prestaciones de Seguridad Social. No se cotiza en el plano contributivo, se extingue la autorización de residencia y no podrán concederse otras en 3 años. Si el inmigrante tiene familiares reagrupados sin autorización de residencia, independiente también la perderá. La medida también supone una renuncia al subsidio por desempleo y sus prestaciones complementarias.

Las cuentas nos dicen que la prestación por desempleo a capitalizar por un inmigrante con una carrera laboral media en España supone una prestación insuficiente para afrontar el regreso a su país de origen en el que, seguramente, la crisis golpea con mayor virulencia.

En definitiva, se trata de una norma de muy dudosa constitucionalidad. Exige, nada menos, el compromiso de renunciar a la autorización de residencia y trabajo durante tres años además de la renuncia al subsidio por desempleo. A esto la ley lo llama ampliación de derechos.

Pero estas medidas, que seguramente un día serán declaradas inconstitucionales, no han sido calificadas como reforma laboral, ni han sido debatidas en la mesa de la concertación social. Los inmigrantes son trabajadores, pero no tienen sindicatos que salgan en su defensa. Cuando en 2002 Aznar impuso su famoso decretazo que limitó las prestaciones por desempleo de los españoles, la huelga general que se convocó logró anular los aspectos más duros. En esta ocasión, como los afectados tenían la piel de otro color, hemos mirado para otro lado.