La ONU exige que España no realice controles policiales discriminatorios

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No tener ‘pinta de español’ no puede hacerte sospechoso de ninguna ilegalidad. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha advertido a España de que las actuaciones policiales basadas en el color de piel de las personas ‘son discriminatorias’, son ‘contradictorias con una política efectiva de lucha contra la discriminación racial’.

“Podrían propagar actitudes xenófobas entre la población” e incumplen los acuerdos internacionales sobre derechos civiles que España se ha comprometido a cumplir.

La mecha de este histórico pronunciamiento la encendió hace 17 años Rosalind Williams, una ciudadana española de raza negra a la que la policía solicitó la documentación sospechando que se trataba de una inmigrante ilegal. Williams, denunció que los agentes le pidieron el DNI a ella y no a su marido (blanco) o a cualquiera de las decenas de personas que, como ella, estaban en la estación de tren de Valladolid. La reivindicación cayó en el saco roto de la justicia y la administración: ni los juzgados provinciales, ni el Ministerio del Interior, ni la Audiencia Nacional, ni el Tribunal Constitucional consideraron que se hubiera vulnerado ningún derecho al solicitar a Williams los papeles por ser negra. La sentencia del Constitucional merece por paradigmática y por contundente, una lectura:

“La actuación policial usó el criterio racial como meramente indicativo de una mayor probabilidad de que la interesada no fuera española. Ninguna de las circunstancias acaecidas en dicha intervención indica que el comportamiento del funcionario de la Policía Nacional actuante fuese guiado por un prejuicio racista o por una especial prevención contra los integrantes de un determinado grupo étnico (…)”

El argumento estadístico de los jueces – la probabilidad de ser ‘ilegal’ según la raza – fue compartido por el Gobierno. “Parece inevitable admitir que los controles policiales [para controlar la inmigración ilegal] (…) pueden tomar en consideración determinadas características físicas o étnicas como razonablemente indiciarias del origen no nacional de la persona”, dijo el ejecutivo español en 2007 ante el Comité de Derechos Humanos. Una lógica que no ha convencido al organismo internacional, que exige a España que se disculpe oficial y públicamente ante Williams y que tome medidas para que no ocurra más.

El caso Williams como precedente

Rosalind vive en Madrid, estos días atiende entrevistas y repasa documentos. “Estoy contenta, muy ocupada”. Pero su caso, además de una historia personal, una carrera de fondo salpicada con problemas psicológicos y económicos, puede marcar a millones de personas más en España.

El pronunciamiento de Naciones Unidas se refiere a su caso en particular pero incluye instrucciones aplicables a otras situaciones y que son así de tajantes: “España tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para evitar que sus funcionarios no incurran en actos como los del presente caso“.

“Los controles de inmigración en España no han cambiado mucho en estos 17 años por lo cual esta decisión es de inmensa importancia hoy en día”, nos cuenta Viviana Waisman, de Women’s Link Worldwide, la ONG que ha representado legalmente a Williams ante el Comité. “En una sociedad multiétnica no sirven esos estereotipos y prejuicios. ¿Cuál es el look español o europeo? El color de la piel no puede definir ni la nacionalidad ni la situación administrativa de una persona”, dice Waisman.

Durante todo el proceso legal, España ha argumentado, respaldada por el Tribunal Constitucional en 2007, que “no existe una orden o instrucción específica de identificar a los individuos de una determinada raza”. Sin embargo, tal y como hemos contado en P+DH, se han documentado varios casos recientes de redadas policiales en busca de extranjeros que pudieran ser inmigrantes sin permiso de residencia. Ocurrió mientras se repartía comida en una asociación de Madrid o en la hora del almuerzo en un comedor social de Tenerife. El objetivo de las redadas era, en algunos casos, llegar a un cupo de extranjeros detenidos por cada comisaría.

“Es un hecho generalizado. Si hay 40 personas en un sitio, le piden la documentación solo a una, a la que tiene un color de piel diferente”, explica como quien describe algo rutinario Antonio Díez, premio 2008 al Voluntariado y presidente de la asociación Karibú.

Vivana Waisman pone otro ejemplo que han tenido que llevar hasta Constitucional después de agotar todos los pasos previos: “el caso de Beauty Solomon, una chica nigeriana a la que dos policías nacionales le pidieron la documentación en una zona de prostitución de Palma de Mallorca. Le pidieron los papeles a ella y no al resto de chicas de aspecto europeo, y después le gritaron ‘¡puta, negra, fuera de aquí!‘”.

Y si no, ¿qué?

¿Puede tener este dictamen alguna consecuencia real en la vida de los millones de personas que viven en España y cuyo color de piel no es el blanco? Depende de lo que a España le importe que la ONU le siga poniendo en evidencia porque, de hecho, es lo único que puede hacer. “Sanciones morales”, lo llaman en Ginebra.

El Gobierno tiene 180 días para dar explicaciones a Naciones Unidas sobre el caso Williams y será interesante comprobar si rectifica en algo su política. España es firmante del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por tanto tiene la obligación de cumplirlo. Sin embargo, no hay mecanismos de castigo más allá de la reprimenda.

Extracto (3 Sep 2009 )