Levi’s en Haití accede a mejorar las condiciones laborales tras ocho meses de protestas

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La compañía dominicana Gupo M Codevi, principal fabricante textil de Centroamérica y el Caribe y proveedor de la multinacional Levi Strauss & Co, ha accedido a mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de su planta haitiana tras ocho meses de protestas, según informa la organización estadounidense Campaña por los Derechos Laborales (CLR).

19/2/2005.

La crisis estalló en febrero de 2004 en la planta de Codevi situada en la zona de libre comercio de Ouanaminthe (Haití), cuando empezaron a registrarse los primeros enfrentamientos entre los trabajadores del sindicato Sokowa y los directivos de la fábrica por el retraso en el cobro de sus salarios.

Los consiguientes disturbios, unidos a la conflictiva situación política que el país caribeño había vivido en los meses anteriores, se saldaron con 34 trabajadores detenidos, todos miembros del sindicato, y amenazas de despido para los empleados que participaban en las huelgas. En junio el conflicto se reactivó y los despidos afectaron a 150 personas, entre ellos cinco sindicalistas.

Según CLR, el acuerdo que Sokowa acaba de cerrar con la dirección de la empresa dominicada establece la readminisión inmediata e indemnización de los cinco sindicalistas despedidos, el reconocimiento del derecho de asociación, la renuncia al uso de fuerzas armadas, el reconocimiento del propio sindicato, la creación de una comisión conjunta de empleados y dirección, y la elaboración de un convenio colectivo.

Asimismo, la empresa se ha comprometido a readmitir de forma progresiva a los casi 150 trabajadores despedidos en 2004 y a crear un «fondo de solidaridad» que se nutrirá de donaciones «de una variedad de fuentes contactadas por ambas partes», para ayudar a los empleados en paro hasta que se reincorporen.

Grupo M es el mayor fabricante y proveedor de productos textiles en Centroamérica y el Caribe, y cuenta con el apoyo del Banco Mundial, que en 2004 le concedió un crédito que incluía la obligación de la empresa de respetar la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva.

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