Bruselas prepara un reglamento que equipara fetos y embriones a “sustancias humanas”

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La norma actualizará las medidas relativas al uso de sangre, tejidos o células para fines reproductivos, transfusiones, terapias o trasplantes

Los miembros del Parlamento Europeo están llamados a votar sobre el borrador y las enmiendas presentadas por la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo (ENVI) relacionadas con la futura Regulación sobre «Normas de calidad y seguridad para sustancias de origen humano destinadas al uso humano», también conocida como la Regulación SoHO.

Definición «sustancia de origen humano» o «SoHO»: cualquier sustancia obtenida del cuerpo humano del modo que sea, tanto si contiene células como si no, e independientemente de que dichas células estén vivas o no; a efectos del presente Reglamento, la definición de «SoHO» no incluye los órganos en el sentido del artículo 3, letra h), de la Directiva 2010/53/UE;

El Secretariado de COMECE, en colaboración con el Katholisches Büro en Berlín, expresa su profunda preocupación acerca de las posibles consecuencias de la amplia definición de ‘sustancia humana‘ delineada en el borrador, la cual podría incluir embriones y fetos humanos.

«El peligro radica en la posibilidad de que tal definición pueda degradar la dignidad y el valor de la vida humana, creando una inaceptable equivalencia entre embriones y fetos y simples células de la piel o plasma sanguíneo», explica el P. Manuel Barrios Prieto, Secretario General de COMECE.

Además, la declaración conjunta plantea preguntas acerca del Artículo 58 del borrador. Si se aprueba, este artículo permitiría y obligaría a realizar pruebas genéticas preliminares en embriones y fetos, abriendo potencialmente la puerta a la eugenesia.

Por último, el texto hace hincapié en la necesidad de una mayor claridad en el borrador en lo que respecta a los derechos de los Estados miembros individuales de la UE para regular este campo altamente ético. La declaración enfatiza que «debe seguir siendo posible para cada Estado miembro negar la autorización» de esas prácticas.